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Oficios

Gestor fiscal para albañiles, fontaneros y electricistas

En la obra, cada factura tiene su propia regla: al particular le cobras un IVA, a la reforma de su casa quizá otro más bajo, y al contratista que te subcontrata puede que ninguno. La construcción es el sector donde más fácil es equivocarse con el IVA.

Esta guía ordena las tres reglas que lo deciden todo — inversión del sujeto pasivo, el 10% de las reformas y los módulos con retención del 1% — con sus fuentes oficiales.

Cómo tributas

Trabajando para particulares, repercutes IVA: el 21% general o el 10% en renovación y reparación de vivienda si se cumplen tres requisitos — el cliente es una persona física que la usa como vivienda particular, la construcción o rehabilitación terminó hace más de 2 años y los materiales que aportas no superan el 40% de la base de la operación.

Trabajando como subcontratista en obras de urbanización, construcción o rehabilitación entre empresarios, aplica la inversión del sujeto pasivo (artículo 84.Uno.2º.f de la Ley del IVA): facturas sin IVA con la mención "inversión del sujeto pasivo" y es tu cliente quien lo autoliquida. La regla recorre toda la cadena de subcontratación.

En IRPF, la albañilería y pequeños trabajos (501.3) y varios oficios pueden tributar en módulos conforme a la orden anual, con retención del 1% en las facturas a empresas; fuera de módulos, estimación directa y modelo 130.

Tu epígrafe del IAE

501.3Albañilería y pequeños trabajos de construcción en general

Con límites propios: si una obra supera los 36.060,73 euros de presupuesto o los 600 m² de obra nueva o ampliación, corresponde el 501.1.

Los modelos que te aplican

036Alta censal con el epígrafe del oficio y el régimen (módulos o directa).
131Pago fraccionado trimestral si tributas en módulos.
130Pago fraccionado si estás en estimación directa.
303IVA trimestral (en las facturas con inversión del sujeto pasivo tú no repercutes IVA, pero la operación se refleja igualmente).
390Resumen anual del IVA cuando corresponde por tu régimen.
100La Renta anual con el rendimiento del oficio.

Qué puedes deducir

Materiales de obra

Consumos de explotación con factura de proveedor.

Herramienta y maquinaria

La pequeña herramienta como gasto; la maquinaria, vía amortización.

Furgoneta de trabajo

Los gastos del vehículo afecto a la actividad. En IVA, la presunción general de afectación es del 50%; el 100% exige acreditar afectación exclusiva o encajar en las presunciones del artículo 95.Tres de la Ley del IVA (como los vehículos mixtos de transporte de mercancías).

Ropa y equipos de protección

EPIs y ropa específica de trabajo del oficio (no la ropa de uso general).

Seguro de responsabilidad civil

Prima del seguro obligado por la actividad, deducible como gasto.

Regla general para todas: gasto vinculado a la actividad, justificado con factura y registrado en tus libros. Los importes y porcentajes citados son los de la normativa vigente enlazada al pie.

Particularidades de tu sector

  • La mención "inversión del sujeto pasivo" en la factura no es decorativa: es el requisito formal que justifica emitir sin IVA en subcontratas. Emitir con IVA cuando no toca (o al revés) es de los errores más caros del sector.
  • El 10% de las reformas exige los tres requisitos a la vez; el más olvidado es el límite del 40% de materiales aportados.
  • En módulos, tus clientes empresarios te retienen el 1% de cada factura y lo ingresan por ti; te sirve como pago a cuenta del IRPF.
  • Verifactu todavía no es obligatorio para autónomos (1 de julio de 2027); las facturas de Quadralo ya cumplen el reglamento.

Cómo te lo resuelve Quadralo

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Preguntas frecuentes

¿Cuándo facturo sin IVA como subcontratista?
Cuando haces ejecuciones de obra (con o sin materiales) para otro empresario dentro de una obra de urbanización, construcción o rehabilitación: aplica la inversión del sujeto pasivo del artículo 84.Uno.2º.f de la Ley del IVA. Facturas sin IVA, con la mención expresa, y tu cliente lo autoliquida.
¿Cobro el 10% o el 21% en una reforma?
El 10% solo si el cliente es un particular que usa la vivienda para sí, la vivienda tiene más de 2 años y tus materiales no pasan del 40% de la base. Si falla cualquiera de los tres, el 21%.
¿Qué es la retención del 1% que me quita mi contratista?
Si tributas en módulos y facturas a una empresa, esta retiene el 1% de tu factura y lo ingresa en Hacienda a tu nombre. No es un coste extra: es un adelanto de tu IRPF que luego descuentas.

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